Salud, pregunta formulada por carlagl10, hace 8 meses

que declara el artículo 16 de la constitución nacional

Respuestas a la pregunta

Contestado por barbaralizet02
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Respuesta:

hola amigo el artículo 16 dice.- Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

Explicación:


Usuario anónimo: Hola reina
Contestado por unaloliqwq020
1

Respuesta:

Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

espero q te aya ayudado

Explicación:


Usuario anónimo: Hola reina ;)
Usuario anónimo: perdon no era para ti jejejeje
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