¿Qué cosas no pueden ser objeto de un contrato?
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Respuesta:
no pueden ser objeto de los contratos los hechos que son imposibles o están prohibidos por las leyes, son contrarios a la moral, al orden público, a la dignidad humana, o lesivos de los derechos ajenos; ni los bienes que por un motivo especial se prohíbe que los sean.
Explicación:espero que te ayude
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