que consecuencias toman nuestra familia ante el azar del pueblo
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
La participación infantil en sus varias formas (tal como ve reflejada, por ejemplo, en el Artículo 12 y en
los Artículos 13-16, como asimismo en los valores establecidos en el Artículo 29) es una de las ideas clave de
la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN). Resulta evidente que se trata de un aspecto cuya consideración es de primordial importancia para asegurar la implementación de todas las disposiciones del tratado,
puesto que sirve de base a un enfoque del desarollo de estrategias y programas en beneficio de los niños que
se centra en el respeto de los derechos de los mismos. Al mismo tiempo, constituye tal vez el más innovativo
de los principios básicos de la Convención, y seguramente es el que ha suscitado más controversias. Por consiguiente, la participación de los niños ha sido reconocida como uno de los temas que requieren atención especial en el marco de un programa destinado a fomentar los derechos del niño en América Latina, que reúne
iniciativas comunes de UNICEF y Rädda Barnen, con el apoyo del Gobierno de Suecia (a través de la Agencia
Sueca para el Desarrollo Internacional, ASDI).
Con el objetivo de brindar apoyo en la planificación de dichas iniciativas, del 7 al 8 de diciembre de 1998 se
celebró un seminario regional en Bogotá, con la participación de personal directivo de Rädda Barnen, ASDI y
UNICEF, al cual asistieron también representantes de numerosas ONGs latinoamericanas activas en este sector.
El Centro Internacional para el Desarrollo del Niño (International Child Development Centre, ICDC) de
UNICEF, que es uno de los actores en el programa respaldado por la ASDI, participó en el seminario regional
y estuvo representado en dicha ocasión por Bernadette Abegglen, Vicedirectora del ICDC; Roger Hart,
Consultor y experto destacado en materia de partipación y desarrollo del niño; Jim Himes, ex Director y
“Senior Fellow” del ICDC; y Gerison Lansdown, Consultora, autora principal del “informe alternativo” sobre
la aplicación de la CDN en el Reino Unido, que gozó de aclamación general, y eminente defensora de los derechos del niño. Las presentes actas incluyen los puntos más sobresalientes del seminario de diciembre y las
conclusiones principales de los participantes enviados por el ICDC, como así también una ponencia entonces
presentada por la Sra. Lansdown, titulada “La creación de escuelas centradas en el niño”.
Una de las conclusiones a las que llegó el equipo del ICDC durante el seminario es que existe una tendencia
generalizada de las “organizaciones para el desarrollo”, sin excluir el mismo UNICEF, a hacer demasiado hincapié en los “programas” formales que promueven la participación, incluidos los eventos organizados a nivel nacional, destinados a llamar la atención de la opinión pública y diseñados, en buena parte, fuera del mundo real de
los “beneficiarios” para quienes se llevan a cabo, es decir los niños mismos. Si los procedimientos de planificación y programación de dichos organismos suelen ser desconcertantes para los adultos, para los niños son mucho
más incomprensibles aún. En el proceso de la programación formal, por lo general se suele prestar una atención
insuficiente a las oportunidades de acrecentar y fortalecer la participación cotidiana de los niños en la vida de su
familia, su escuela y su comunidad local, que son precisamente los mundos que ellos comprenden y en los cuales
su rol de participantes es a menudo más activo de cuanto lo reconocen los adultos.
Explicación: