Que consecuencia tuvo la reforma electoral impulsada por reyes heroles
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
<el sistema electoral mexicano se ha caracterizado por un ciclo de crisis políticas y reformas electorales que han configurado la representación política y el acceso al poder en nuestro país. Este ciclo inició con las reformas liberalizadoras al sistema electoral mexicano a finales de la década de los setenta; transitó por varias etapas en las que fue adquiriendo diversas características; y culminó con la reforma constitucional en materia político electoral 2013-2014, la cual transformó no sólo el modelo electoral, sino el sistema federal y el equilibrio político en el país.
Explicación:
Respuesta:
consecuencias:
Se modificó la Constitución de reforma y se elaboró una Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (la LFOPPE), misma que introdujo cambios esenciales en el funcionamiento del sistema electoral mexicano.
• Se asignaron atribuciones a la Comisión Federal Electoral (CFE), máximo organismo electoral colegiado, que antes estaban en manos directas de la Secretaría de Gobernación, tales como el otorgamiento o la cancelación del registro legal de los partidos.
• Se mantuvo la representación paritaria de los partidos en la CFE (introducida en la ley de 1973), las comisiones locales y los comités distritales, en virtud de la cual a cada partido correspondía un comisionado con voz y voto.
• El artículo 41 constitucional estableció la figura de los partidos políticos como "entidades de interés público", definiéndose tres prerrogativas fundamentales para su desarrollo: el derecho al uso permanente de los medios de comunicación; el derecho a contar, en forma equitativa, con un mínimo de elementos para llevar a cabo sus actividades, y el derecho a participar en las elecciones estatales y municipales.
• Se introdujo la figura del "registro condicionado", que permitió la obtención del registro legal a los partidos que acreditaran al menos cuatro años de actividad política sostenida y demostraran representar una corriente política definida. Este registro se transformaba en definitivo si el partido lograba al menos el 1.5% de los votos, una proporción poco exigente. Por esta vía, obtuvieron su registro, en 1979, el Partido Comunista Mexicano (PCM), el Partido Socialista de los Trabajadores (PST) y el Partido Demócrata Mexicano (PDM). En 1982 lo obtuvo el Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT), y tres años más tarde el Partido Mexicano de los Trabajadores (PMT).
• Se sistematizó todo un capítulo de la nueva legislación electoral dedicado a las prerrogativas de los partidos políticos, integrando las que ya existían desde la reforma de 1963 (la exención del pago de cuatro impuestos) y la de 1973 (franquicias postales y telegráficas y acceso a radio y televisión durante los periodos de campaña electoral), creando otras dos nuevas: contar con los medios adecuados para sus tareas editoriales (papel, impresión, medios para sostener sus cuerpos de redactores, etc.), y contar en forma equitativa, durante los procesos electorales federales, con un mínimo de elementos materiales para sus actividades (folletos, carteles, etc.).
• Se convierte en permanente el acceso a radio y televisión y no solamente durante los procesos electorales.
• Respecto al desarrollo del proceso electoral, hay modificaciones sustanciales como la relativa a los tiempos de entrega de los paquetes electorales de las casillas a los comités distritales. La ley de 1973 daba una semana completa de margen para dicha entrega, lo cual facilitaba la manipulación de los resultados. La Ley de 1977 disminuyó los tiempos hasta un máximo de 72 horas para las zonas rurales y un mínimo de 24 para casillas urbanas en cabecera de distrito. Además, transformó la violación sin causa justificada de dichos tiempos en una causal de nulidad de la votación recibida en la casilla.
• Se modificó la integración de la Cámara de Diputados con la finalidad de dar márgenes mayores de representación a los partidos minoritarios, estableciéndose un sistema mixto que combinó el principio de representación de mayoría relativa con el de representación proporcional (hasta 100 diputados electos en circunscripciones plurinominales). Este último estaba reservado exclusivamente para los partidos de oposición, pues el requisito para participar de tal asignación era haber obtenido menos de sesenta triunfos de mayoría.
• Se mantuvo el sistema de auto calificación, por el que las Cámaras de Diputados y de Senadores conocían de su propia elección y resolvían las impugnaciones. La elección presidencial seguía siendo calificada por la Cámara de Diputados, erigida en Colegio Electoral, predominando el criterio político sobre el jurisdiccional. De poco sirvió la introducción del recurso de reclamación que los partidos políticos podrían interponer ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para impugnar las resoluciones del citado Colegio en la Cámara Baja, pues éste tenía la última palabra.
Finalmente, sería a fines de 1982 en que se reformaría el artículo 115 constitucional, eliminándose él límite poblacional establecido para la adopción del principio de representación proporcional en la elección de los ayuntamientos, aprobada el 2 de febrero de 1983, rescatándose así al municipio como “núcleo de los principios democráticos”, de la misma forma que en que la Cámara de Diputados pasó a 500 curules: 300 de mayoría relativa y 200 de representación proporcional.
Explicación:
espero que te ayude gracias UwU