¿Qué asegura al trabajador y a los sindicatos el art 14bis de la Constitución Nacional?¿Qué semejanzas y diferencias existen entre el derecho individual y el derecho colectivo de trabajo?
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Los trabajadores y las trabajadoras, sin distinción alguna y sin necesidad de autorización previa, tienen derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses, así como el de afiliarse o no a ellas, de conformidad con la ley.
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