¿Qué artículos de la Constitución hablan sobre el derecho a la protesta en Colombia?
Articulo 47
Articulo 30
Articulo 38
Articulo 53
polaniafabian:
DOY CORONA
Respuestas a la pregunta
Contestado por
2
Respuesta:
es el artículo 37 pero veo que no lo tienes
Explicación:
espero y sea de tu ayuda
Contestado por
2
Respuesta:
Desde la perspectiva constitucional, el derecho a la protesta social se encuentra consagrado en el Artículo 37: “Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Solo la ley po- drá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho”.
Explicación:
Dame coronita plisss ❤️
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