¿qué artículo del código federal de procedimientos civiles consigna los derechos e intereses difusos y colectivos?
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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la
República.
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ARTICULO 73. - Si los juicios se encuentran en el mismo tribunal, la acumulación puede ordenarse de oficio o a petición de parte, por el procedimiento incidental. ARTICULO 74. - Cuando los juicios se encuentren en diferentes tribunales, la acumulación se substanciará por el procedimiento señalado para la inhibitoria.29 may 2000
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