Qué artículo de la Constitución de 1917 dice que los recursos son propiedad de la nación
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Explicación:
“El artículo 66 de la Constitución señala que los recursos naturales, in totum, son patrimonio de la Nación. ... El Estado, como la expresión jurídico-política de la Nación, es soberano en su aprovechamiento. Es bajo su imperio que se establece su uso y goce.
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