Prohibición de de Fabricar Armas Nucleares. Defina este concepto, que Rol deberían cumplir los Estados con respecto al mismo.
PORFA ES PARA CÍVICA
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Concepto
El Tratado sobre la prohibición de las armas nucleares es el primer acuerdo multilateral aplicable a escala
mundial que prohíbe íntegramente las armas nucleares. Es también el primer acuerdo que contiene
disposiciones para abordar las consecuencias humanitarias relacionadas con el ensayo y el empleo de
armas nucleares. El Tratado complementa acuerdos internacionales vigentes sobre armas nucleares,
en particular, el Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares, el Tratado de prohibición
completa de los ensayos nucleares y otros acuerdos que establecen zonas libres de armas nucleares.
Los estados deberían cumplir
Adopción de medidas nacionales
Cada Estado Parte deberá adoptar todas las medidas necesarias
para cumplir las disposiciones del Tratado (art. 5). Ello implica
que deberá adoptar todas las medidas legales, administrativas
y de otra índole que procedan, incluida la imposición de
sanciones penales, para prevenir y reprimir cualquier actividad
prohibida realizada por personas o en territorio bajo su
jurisdicción o control (art. 5.2). A estos fines, y en función de
la legislación y los procedimientos internos del Estado, podría
ser necesario aprobar leyes internas específicas y modificar los
reglamentos que rigen las fuerzas armadas.
Asimismo, los Estados deberán adoptar las medidas necesarias
para eliminar las armas nucleares, prestar asistencia
a las víctimas, restaurar el medio ambiente y obtener
cooperación y asistencia internacionales, a fin de cumplir sus
correspondientes obligaciones en virtud del Tratado.
Reuniones de los Estados Partes
La aplicación del Tratado estará supervisada mediante reuniones celebradas entre los Estados Partes.
La primera reunión de los Estados Partes será convocada en el plazo de un año a partir de la entrada
en vigor del Tratado. En las reuniones, se evaluará la aplicación y el estado del Tratado, y se tomarán
decisiones para promover la eliminación de las armas nucleares (art. 4). Las reuniones posteriores se
celebrarán cada dos años, a menos que los Estados Partes acuerden otra cosa (art. 8.1 y 8.2).