Derecho , pregunta formulada por anisalcocer, hace 3 meses

proceso sobre despidos y sanciones​

Respuestas a la pregunta

Contestado por jerzoncrak17
0

Respuesta:

sjsjskirndbsmalwlwlek

Explicación:

seon leelo al revés

Contestado por Noseasburro
1
Es posible distinguir entre tres tipos de despidos diferentes, los cuales vamos a detallar a continuación:

DESPIDO DISCIPLINARIO

✓ El despido disciplinario
El despido disciplinario es aquel por el que el empresario toma la decisión de rescindir un contrato a causa de un incumplimiento grave de este por parte del trabajador. Las causas vienen estipuladas en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, las cuales son:

Faltas de asistencia o de puntualidad repetidas e injustificadas.
Indisciplina o desobediencia a los superiores.
Transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en la realización del trabajo.
Ofensas físicas o verbales al empresario o a los compañeros de trabajo.
Reducción continua y voluntaria de la productividad y el rendimiento pactados.
Embriaguez o toxicomanía si repercuten de forma negativa en el desempeño laboral o suponen un riesgo para el trabajador o sus compañeros.
Acoso laboral por razón de raza, etnia, religión, convicciones, edad, orientación sexual, género o discapacidad al empresario o a los compañeros de trabajo.

DESPIDO OBJETIVO

✓ Se considera como despido objetivo todo aquel por el que se procede a la extinción del contrato de trabajo por razones técnicas, organizativas, de producción o económicas que justifique la empresa. En líneas generales, las causas que motivan este tipo de despido se encuentran claramente establecidas en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores. Estas son:

Ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida posteriormente a su colocación efectiva en la empresa.
Falta de adaptación del trabajador a su puesto de trabajo y a las modificaciones técnicas que necesarias , entre otras.

✓ EL DESPIDO COLECTIVO

El despido colectivo, también denominado como Expediente de Regulación de Empleo de extinción o ERE de extinción, acontece cuando un empresario toma la decisión de rescindir los contratos por causas objetivas de un determinado número de sus trabajadores. Se considera como despido colectivo cuando:

Se despiden, al menos, a 10 trabajadores de una empresa como menos de 100 empleados.
Se despide al 10% del número de trabajadores de aquellas empresas con entre 100 y 300 empleados.
Se despiden, al menos, a 30 trabajadores en aquellas empresas con más de 300 trabajadores.

ESPERO QUE TE HAYAS SERVIDO :).



anisalcocer: gracias!
Otras preguntas