Derecho , pregunta formulada por aranzaaldana41, hace 2 meses

principio de inmediación artículo 9 ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por aronbanuelos093
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Respuesta:

Toda audiencia se desarrollará íntegramente en presencia del Órgano jurisdiccional, así como de las partes que deban de intervenir en la misma, con las excepciones previstas en este Código. En ningún caso, el Órgano jurisdiccional podrá delegar en persona alguna la admisión, el desahogo o la valoración de las pruebas, ni la emisión y explicación de la sentencia respectiva.

Explicación:

(esta es otra)

La inmediación en el Nuevo Sistema de Justicia Penal significa que todas las audiencias se desarrollarán en presencia de un juez, así como de las partes que deban intervenir en la misma. En ningún caso el juez podrá delegar alguna de sus funciones en otra persona.

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