principales características del congreso plenipotenciario de 1879
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Artículo 1. El próximo 27 de abril, o el día más inmediato, se reunirá en el Distrito Federal un Congreso de Plenipotenciarios compuesto de los Presidentes de los Estados o de los ciudadanos que hagan sus veces, los que podrán nombrar, en caso de no poder concurrir, quien los represente.
Artículo 2. El Congreso de Plenipotenciarios se instalará y abrirá cada sesión con la mitad más uno de sus miembros por lo menos, y a falta de este número, el día que debe instalarse, los presentes se reunirán en Comisión preparatoria, y eligiendo previamente quien los presida, dictarán medidas para la concurrencia de los ausentes.
Artículo 3. El Congreso de Plenipotenciarios fijará las instituciones que provisionalmente deban regir el país mientras son reformadas conforme a las fórmulas legales.
Artículo 4. El Congreso de Plenipotenciarios elegirá el ciudadano que haya de desempeñar provisionalmente la Presidencia de la República, hasta que sea sustituido constitucionalmente.
Artículo 5. El Congreso de Plenipotenciarios se ocupará de resolver los demás asuntos que el Supremo Director someta a su consideración en todos los ramos de la Administración pública.
Artículo 6. El Ministro de Relaciones Interiores queda encargado de la ejecución de este Decreto.
Explicación:
ESPERO QUE TE AYUDE