Prestación de un trabajo personal, subordinado a cambio de un salario *
A. Relación de trabajo
B. Convenio de trabajo
C. Contrato de trabajo
D. Reforma laboral
Respuestas a la pregunta
Contestado por
4
Respuesta:
El artículo 20 de la LFT define a la relación laboral como la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, a cambio del pago de un salario. Aquí, el trabajador siempre es una persona física, en cambio el patrón puede ser una persona física o moral.
Otras preguntas
Matemáticas,
hace 4 meses
Castellano,
hace 4 meses
Tecnología y Electrónica,
hace 4 meses
Biología,
hace 8 meses
Historia,
hace 8 meses
Matemáticas,
hace 1 año
Historia,
hace 1 año