Historia, pregunta formulada por Martinvldia123XDLOL, hace 1 año

¿Porqué se dice que la constitucion de 1833 desarrolló un gobierno precidencialista?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por banna72
0

Respuesta:

por Felelx Zuluaga declaró el plan de Tacubaya

Contestado por chinamendoza121314
0

Respuesta:

onstitución Política de la República de Chile de 1833

Ir a la navegaciónIr a la búsqueda

Coat of arms of Chile (c).svg

Constitución Política

de la República de Chile

1833

Constitucion-1833-chile.jpg

Portada de un ejemplar de la Constitución Política de la República de Chile de 1833, edición de la Imprenta de La Opinión.

Tipo de texto Constitución política

Idioma Español

Redactor(es) Comisión de la Gran Convención de 1831

Ratificación 22 de mayo de 1833 (Aprobada por la Gran Convención de 1831)

Promulgación 25 de mayo de 1833

En vigor 25 de mayo de 1833

Signatario(s) José Joaquín Prieto y sus ministros y los miembros de la Gran Convención y su secretario.

[editar datos en Wikidata]

La Constitución Política de la República de Chile redactada en 1833 es el texto constitucional surgido tras el triunfo conservador en la Guerra civil de 1829-1830, fue promulgada y jurada el 25 de mayo de 1833, rigiendo a Chile hasta 1861, durante 28 años. Entre sus principales ideólogos están Mariano Egaña, Manuel José Gandarillas y Diego Portales. Fue reformada en 1861

Redacción de la Constitución

Tras la guerra civil de 1829-1830 se convocó a una Gran Convención, según la ley del 1 de octubre de 1831. Dicha ley tuvo entre sus antecedentes para convocar a la Convención el artículo 133 de Constitución de 1828 que previa dicho mecanismo de revisión constitucional. Sin embargo esto en cuanto a su reforma fue una flagrante violación a la Constitución misma, pues esta indicaba que no podía ser modificada hasta el año de 1836. De los 36 miembros de la Gran Convención, 16 eran diputados en ejercicio y 20 ciudadanos de conocida probidad e ilustración. Los convencionales fueron electos por la Cámara de Diputados.

La Gran Convención encargó a una comisión integrada por Mariano Egaña, Manuel José Gandarillas, Gabriel José Tocornal, Santiago Echevers, Juan Francisco Meneses, Agustín de Vial Santelices y Francisco Antonio de Elizalde1​ redactar un proyecto. Entre octubre de 1831 y abril de 1832 la comisión llevó a cabo dicha tarea. Además, se presentó ante la Gran Convención un voto particular de Egaña. Entre el 25 de octubre 1832 y 17 de marzo de 1833 la Convención el proyecto de constitución de la comisión y el voto particular de Egaña. Siendo aprobado el texto definitivo en la sesión de 22 de mayo de 1833 y enviada al presidente José Joaquín Prieto quien junto con sus ministro procede a promulgarla y jurarla el 25 de mayo de 1833.

Esta Constitución fue discutida por la Gran Convención cuya misión inicial era reformar la Constitución de 1828. A estas ideas se sumaron las del bando conservador tendientes a anular las ideas liberales y establecer una suerte de "dictadura legal" que apoyara tales afanes:

Art. 74. Cuando el Presidente de la República mandare personalmente la fuerza armada, o cuando por enfermedad, ausencia del territorio de la República u otro grave motivo no pudiere ejercitar su cargo, le subrogará el Ministro del Despacho del Interior con el título de Vice-presidente de la República. Si el impedimento del Presidente fuese temporal, continuará subrogándole el Ministro hasta que el Presidente se halle en estado de desempeñar sus funciones. En los casos de muerte, declaración de haber lugar a su renuncia, u otra clase de imposibilidad absoluta, o que no pudiere cesar antes de cumplirse el tiempo que falta a los cinco años de su duración constitucional, el Ministro Vicepresidente, en los primeros diez días de su Gobierno espedirá las órdenes convenientes para que se proceda a nueva elección de Presidente en la forma prevenida por la Constitución.

Descripción

Manuscrito original de la Constitución de 1833. Colección del Archivo Nacional de Chile.

La Constitución de 1833 establecía una República Presidencial donde el poder supremo lo tenía un Presidente elegido por un colegio electoral cada 5 años. Tenía una amplia gama de poderes que le permitían intervenir en amplios temas, incluyendo el derecho de Patronato republicano —de nombrar dignidades eclesiásticas— y declarar el Estado de Sitio. Era apoyado por un Consejo de Estado que incluía a los Ministros del Despacho, a ciertas dignidades eclesiásticas y a miembros del Senado.

El poder legislativo estaba entregado a un Congreso Nacional bicameral, es decir, había una cámara de Senadores (elegida también por colegio electoral) y otra cámara de Diputados (electa por votación directa). Pese a tener menos poder que el Presidente (quien podía vetar las leyes aprobadas por el Congreso), además de su función legislativa tenía facultades como la de confeccionar el Presupuesto de la Nación y establecer la movilización de las Fuerzas Armadas . Esto último dio paso a una interpretación política, sobre todo después de 1891, en que los ministros debían contar con el apoyo del congreso. Ver República Parlamentaria (Chile)

En cuanto al poder judicial, se establece la independencia de los tribunales frente a otros poderes del estado.


chinamendoza121314: SI
Martinvldia123XDLOL: plia
Martinvldia123XDLOL: plis
chinamendoza121314: La Gran Convención encargó a una comisión integrada por Mariano Egaña, Manuel José Gandarillas, Gabriel José Tocornal, Santiago Echevers, Juan Francisco Meneses, Agustín de Vial Santelices y Francisco Antonio de Elizalde1​ redactar un proyecto. Entre octubre de 1831 y abril de 1832 la comisión llevó a cabo dicha tarea. Además, se presentó ante la Gran Convención un voto particular de Egaña.
chinamendoza121314: El poder legislativo estaba entregado a un Congreso Nacional bicameral, es decir, había una cámara de Senadores (elegida también por colegio electoral) y otra cámara de Diputados (electa por votación directa). Pese a tener menos poder que el Presidente (quien podía vetar las leyes aprobadas por el Congreso), además de su función legislativa tenía facultades como la de confeccionar el Presupuesto de la Nación y establecer la movilización de las Fuerzas Armadas .
chinamendoza121314: LISTO
Martinvldia123XDLOL: ok
Martinvldia123XDLOL: gracias
banna72: de nada
chinamendoza121314: DE NHADA
Otras preguntas