¿porque es preciso respetar dicho derecho
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
no se si te refieras a todos los derechos o solo a uno peor te diré en general todos los derechos.
Explicación:
Por qué así no se tines problemas ya que si no respetas algún derecho en general te meten a la cárcel o alguna pena mayor.
Respuesta:Los derechos humanos forman parte de nuestro diario vivir, y desde hace algún tiempo se ha admitido que es necesario conocer esos derechos, divulgarlos y denunciar, a su vez, las violaciones de los mismos.
No obstante lo anterior, reconocemos que existen obstáculos a fin de que se protejan y respeten los derechos humanos y en gran parte consideramos que uno de los aspectos centrales del mismo, radica en "reconocer" que no sólo yo tengo derechos humanos, sino que los demás también los tienen.
En ese sentido, nadie niega la existencia y el disfrute de derechos humanos y libertades fundamentales, aunque sí es frecuente que se le pongan tropiezos al ejercicio y disfrute de los derechos de los demás.
Ahora bien, ¿cómo enfrentar esta situación? ¿Y qué razones deben llevar al reconocimiento y respeto de los derechos humanos por parte del Estado, de la familia, y de la comunidad en general?.
Y es que en esa búsqueda de planteamientos para responder a lo anterior; es que hallamos que históricamente se ha debatido este asunto por los seguidores de las teorías positivistas, que se apoyan en que el origen de los derechos humanos se encuentra en el poder soberano del Estado, tesis criticable, pues la existencia de los derechos humanos quedaría limitada al mismo, mientras que los partidarios de la tesis del derecho natural manifiestan que es en el derecho natural donde se haya la razón para el respeto de los derechos humanos, a que estos derechos que el sujeto posee por el solo hecho de ser persona.
No obstante, el debate no ha concluido, y otros planteamientos modernos han surgido, aunque en este instante nos interesa analizar las razones que a nivel internacional justifican el reconocimiento y respeto de los derechos humanos.
Una leída a la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y la Convención Americana de Derechos Humanos de 1969, advierte que, en el caso de la primera, es reiterando la referencia a la "dignidad y el valor de la persona humana", y se proclaman principios sobre "el libre nacimiento de los seres humanos", "la igualdad en dignidad y derechos" y la universalidad de los atributos humanos como base de la verdadera existencia humana".
Por su parte, la Convención Americana: "los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana, razón por la cual justifican una protección internacional de naturaleza convencional"... a la vez que recuerda los principios consagrados en la Declaración Americana de 1948, que manifiesta que "todos los hombres nacen iguales en dignidad y derechos".
La dignidad es, con toda razón, el verdadero fundamento o razón de los derechos humanos, que se desprende de los documentos señalados, pues como haya indicado Nikken, "estos derechos y libertades son atribuidos de la persona humana, no son concesiones de la sociedad", y en consecuencia no pueden ser eliminados por decisiones gubernamentales, o por relativismo cultural", a lo que atinadamente Verges Ramírez plantea una nueva visión de que los derechos humanos responden a la concepción de la "dignidad de la persona".
Concluyendo, entonces, el camino hacia el respeto de los derechos humanos plantea lo siguiente: en primer término, reconocer que todas las personas, hombres, mujeres, niños, niñas y adolescentes, es decir, mis semejantes, son personas iguales que yo, y que, en consecuencia, tienen todo el derecho a ejercer y disfrutar de sus derechos humanos y libertades fundamentales; en segundo lugar, que al ejercer mis derechos debo hacerlo con la debida consideración de los demás; en tercer término, que al aceptar dicho reconocimiento automáticamente tengo el compromiso de respetarlos y de hacer en la realidad lo posible esos derechos.
Explicación: