Arte, pregunta formulada por piedrahitakellyjohan, hace 1 mes

Porque es importante el patrimonio artístico inmueble​

Respuestas a la pregunta

Contestado por Elis54
2

Respuesta:

La Comisión Nacional de la UNESCO (Informe General de 1977-82, México) establece que el

término bienes inmuebles se refiere a una manifestación material, imposible de ser movida o

trasladada: obras de la arquitectura civil, religiosa, militar, doméstica, industrial, como así también

sitios históricos, zonas u objetos arqueológicos, calles, puentes, viaductos, entre otros. Esta

categoría además incorpora a los vitrales, los murales, las esculturas, el amueblamiento que, como

parte integral del patrimonio cultural inmueble, deben ser preservados en relación a las estructuras

y medio ambiente para los que fueron diseñados.

En el Seminario sobre Patrimonio Cultural celebrado en Santiago de Chile (1998) y auspiciado por

el Consejo de Monumentos Nacionales (DIBAM), se considera que "el patrimonio Inmueble está

constituido por los lugares, sitios, edificaciones, obras de ingeniería, centros industriales, conjuntos

arquitectónicos, y monumentos de interés o valor relevante desde el punto de vista arquitectónico,

arqueológico, etnológico, histórico, artístico o científico, reconocidos y registrados como tales.

Estos bienes culturales inmuebles son obras o producciones humanas que no pueden ser

trasladadas de un lugar a otro, ya sea porque son estructuras (por ejemplo, un edificio), o porque

están en inseparable relación con el terreno (por ejemplo, un sitio arqueológico)". La visión

tradicional del patrimonio inmueble plantea una perspectiva parcial, lo material, de lo que es la

herencia cultural en la cual se inscribe el patrimonio edificado. Reconocer los valores técnicoconstructivos, estéticos, artísticos, sociales, religiosos o funcionales de un monumento resulta

esencial no sólo para la preservación del mismo, sino para identificar las necesidades y recursos

requeridos para su conservación.

Según la Ley 14/2007 del Patrimonio Histórico de Andalucía, los bienes inmuebles que sean objeto

de inscripción como Bien de Interés Cultural (BIC) en el Catálogo General del Patrimonio Histórico

de Andalucía se clasifican con arreglo a las siguientes tipologías:

1. Son Monumentos los edificios y estructuras de relevante interés histórico, arqueológico,

paleontológico, artístico, etnológico, industrial, científico, social o técnico, con inclusión de los

muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen.

2. Son Conjuntos Históricos las agrupaciones de construcciones urbanas o rurales junto con los

accidentes geográficos que las conforman, relevantes por su interés histórico, arqueológico,

paleontológico, artístico, etnológico, industrial, científico, social o técnico, con coherencia suficiente

para constituir unidades susceptibles de clara delimitación.

3. Son Jardines Históricos los espacios delimitados producto de la ordenación humana de

elementos naturales, a veces complementados con estructuras de fábrica, y estimados de interés

en función de su origen o pasado histórico o de sus valores estéticos, sensoriales o botánicos.

4. Son Sitios Históricos los lugares vinculados a acontecimientos o recuerdos del pasado, a

tradiciones, creaciones culturales o de la naturaleza y a obras humanas, que posean un relevante

valor histórico, etnológico, arqueológico, paleontológico o industrial.

5. Son Zonas Arqueológicas aquellos espacios claramente delimitados en los que se haya

comprobado la existencia de restos arqueológicos o paleontológicos de interés relevante

relacionados con la historia de la humanidad.

6. Son Lugares de Interés Etnológico aquellos parajes, espacios, construcciones o instalaciones

vinculados a formas de vida, cultura, actividades y modos de producción propios del pueblo

andaluz, que merezcan ser preservados por su relevante valor etnológico.

7. Son Lugares de Interés Industrial aquellos parajes, espacios, construcciones o instalaciones

vinculados a modos de extracción, producción, comercialización, transporte o equipamiento que

merezcan ser preservados por su relevante valor industrial, técnico o científico.

8. Son Zonas Patrimoniales aquellos territorios o espacios que constituyen un conjunto patrimonial,

diverso y complementario, integrado por bienes diacrónicos representativos de la evolución

humana, que poseen un valor de uso y disfrute para la colectividad y, en su caso, valores

paisajísticos y ambientales.

El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico (IAPH) desarrolla una metodología de documentación

del patrimonio inmueble que permite el análisis del objeto inmueble (arqueológico, arquitectónico o

etnológico) en base a las aportaciones de las diferentes disciplinas patrimoniales, lo que permite

ofrecer una visión más amplia del mismo. Junto a la sistematización de la información procedente

de diferentes fuentes de información: inventarios, expedientes de protección, proyectos sectoriales,

Explicación

hay ta pe pediste respuesta ahi tenes tu respuesta

Contestado por alcivarleonar24
1

Respuesta:

Las obras de arte son consideradas patrimonio de la humanidad, especialmente en actividades sociales con valor histórico, cultural, artístico y científico. Podemos percibir a través de ellas informaciones de épocas y sociedades antiguas que ayudan comprender mejor nuestra historia.

Explicación:

dame coronita plis ⍢⃝

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