porque carranza no pudo solucionar el problema de la restitucion de tierras
Respuestas a la pregunta
Respuesta: En los primeros años del siglo XX, México atravesaba una etapa muy difícil como lo fue la Revolución Mexicana. Olivia Domínguez dijo que fue una guerra intensa debido a las diferentes facciones que se levantaron en armas ante la convocatoria de Francisco I. Madero.
Entre los grupos revolucionarios destacaron principalmente los villistas y los zapatistas, por las demandas sociales que abanderaban, una de ellas la restitución de la tierra. Más tarde, a consecuencia del asesinato de Francisco I. Madero y el golpe de Estado dirigido por Victoriano Huerta, surgieron los carrancistas, liderados por Venustiano Carranza, detalló.
“Es un periodo muy crítico para el país por los diversos enfrentamientos: por un lado, los revolucionarios que demandaban el cumplimiento del Plan de San Luis; y por el otro, la lucha contra el usurpador Victoriano Huerta y los militares que lo apoyaron.”
Pese a la poca estabilidad existente, los carrancistas mostraron su posicionamiento sobre la dotación de tierras, misma que plasmaron en el Plan de Guadalupe, firmado en marzo de 1913 por Carranza. Esto dio pie a la creación de la Ley Agraria del 6 de enero de 1915.
Restitución de tierras, demanda social
El artículo “Ley Agraria del 6 de enero de 1915: semilla de la propiedad social y la institucionalidad agraria en México”, publicado en la revista Estudios Agrarios, de Elena del Rosario Patiño y María de Jesús Espinoza, indica que de acuerdo al Censo de Población de 1910, en el país existían 840 hacendados que poseían el 97 por ciento de la superficie productiva del país, y que alrededor del 80 por ciento de la población dependía económicamente de un salario rural, de ahí la importancia de las haciendas productivas.
“Incluso antes de la Revolución, el gobierno de Porfirio Díaz había detectado que esta estructura agraria no era productiva y sí propiciaba una diferencia social y económica entre la población, por lo que se tuvieron en consideración estrategias para establecer modificaciones que le pusieran fin”, señalaron las autoras.
En medio de estos conflictos entre las diferentes facciones revolucionarias y ante la demanda social de la restitución y dotación de tierras, Venustiano Carranza propuso armonizar en una normatividad la demanda de los zapatistas contenida en el Plan de Ayala con la propuesta liberal de generar un proceso de reparto agrario, comentó José Velasco.
Fue así que el abogado Luis Cabrera Lobato redactó la Ley Agraria del 6 de enero de 1915, que fue integrada por un considerando, 12 artículos y un transitorio.
“A pesar de ser un documento pequeño en extensión, tiene una gran profundidad al ser producto de un debate que se había dado entre los diferentes grupos revolucionarios a lo largo de muchos años: darle tierra a los desposeídos”, señaló Olivia Domínguez.
Relató que fue discutida toda una mañana, y por la tarde Carranza firmó el decreto en Veracruz.
Velasco Toro destacó que el sentido esencial de la ley fue generar la restitución de tierras a los pueblos y comunidades afectados con la aplicación de las Leyes de Desamortización, de Baldíos y de Colonización (1856), así como de la Ley de Nacionalización de Bienes Eclesiásticos (1857), las cuales fueron impulsadas durante el Porfiriato.
“Propiciaron que las tierras del común de los pueblos se dividieran en propiedades individuales que fueron vendidas mediante procesos de corrupción y colusión entre comerciantes, propietarios de tierras particulares y autoridades municipales, con el fin de apropiarse de los bienes de comunidad y de los ejidos de los pueblos.”
Asimismo, dijo que esta situación contribuyó a la concentración de propiedad y a la formación de latifundios; mientras que en otras partes del país se formaron fincas. Lo que es común en todo México, apuntó, es la expropiación de sus territorios comunes a los pueblos, mismos que habían conservado a lo largo del virreinato español con el sustento de las leyes novohispanas que les daba la legalidad de la posición comunal.
Entonces, el objetivo de la Ley del 6 de enero, reiteró, fue iniciar un proceso de restitución de tierras, pero no de reparto y afectación de las grandes propiedades, “eso se ha confundido”.
Explicación: Espero te sirva