PORFAVOR ES DE (FOL)
En Darío ha tenido una gripe y no ha ido a trabajar del 2 al 12 de noviembre. Trabaja como auxiliar administrativo (GC 7) en un banco desde hace 8 años. La BCCC de octubre es de 1.456,20 €. Tiene derecho a la prestación de IT? ¿Por qué? Calcula el importe del subsidio.
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
¿Qué es la prestación económica por I.T.?
La prestación económica por incapacidad temporal trata de cubrir la falta de ingresos que se produce cuando a causa de una enfermedad o accidente, existe una imposibilidad temporal para trabajar y, además, precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social (Art. 128.1 LGSS).
¿Quién tiene derecho a la prestación?
Las personas integradas en el régimen general de la SS que reúnan los siguientes requisitos (Art. 130 LGSS):
Estar afiliadas y en alta o en situación asimilada al alta en la fecha del hecho causante, mientras reciban asistencia sanitaria de la SS y estén impedidas para el trabajo. Si la incapacidad deriva de AATT o EEPP, se considerarán de pleno derecho afiliados/as y en alta, aunque el empresario haya incumplido sus obligaciones.
Tener cubierto un período de cotización de:
En caso de enfermedad común, 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante (Art. 130 a LGSS).
En caso de accidente, sea o no de trabajo, y de enfermedad profesional, no se exige período previo de cotización (Art. 130 b LGSS).
Explicación: