Porfa necesitó un ejemplo del articulo 78 de la constitución
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Art. 78.- Para asegurar el cumplimiento de los fines y funciones de las instituciones estatales de
educación superior, el Estado garantizará su financiamiento e incrementará su patrimonio.
Por su parte, las universidades y escuelas politécnicas crearán fuentes complementarias de ingresos
y sistemas de contribución.
Sin perjuicio de otras fuentes de financiamiento de origen público y privado o alcanzadas mediante
autogestión, las rentas vigentes asignadas a universidades y escuelas politécnicas públicas en el
presupuesto general del Estado, se incrementarán anualmente y de manera obligatoria, de acuerdo
con el crecimiento de los ingresos corrientes totales del gobierno central.
Explicación:
las universidades escuelas y colegios tendra financiamiento del estado