¿Por que son necesarios los organismos constitucionales autonomos ?
Ayudenme porfavor
Respuestas a la pregunta
Respuesta:La evolución de la teoría clásica de la división de poderes en la que se concibe a
la organización del Estado, en los tres poderes tradicionales: legislativo, ejecutivo
y judicial, ha permitido que, en la actualidad, se considere como una distribución
de funciones o competencias para hacer más eficaz el desarrollo de sus actividades;
asimismo, se ha permitido la existencia de órganos constitucionales autónomos en
el sistema jurídico mexicano, a través de diversas reformas constitucionales.
Su actuación no está sujeta ni atribuida a los depositarios tradicionales del poder público (legislativo, ejecutivo y judicial), a los que se les han encargado funciones estatales específicas, con el fin de obtener una mayor especialización, agilización, control y transparencia para atender eficazmente las demandas sociales; sin
que con ello se altere o destruya la tradicional doctrina de la división de poderes,
pues la circunstancia de que los referidos organismos guarden autonomía e independencia no significa que no formen parte del Estado. Son órganos indispensables
en la evolución contemporánea del Estado constitucional de Derecho.
Explicación:La existencia de los órganos constitucionales autónomos en el sistema jurídico mexicano se justifica porque es necesario encomendarles tareas primordiales del Estado, con el fin de obtener una mayor especialización, agilización, control y transparencia para atender eficazmente las demandas sociales; sin que con ello
Respuesta:La existencia de los órganos constitucionales autónomos en el sistema jurídico mexicano se justifica porque es necesario encomendarles tareas primordiales del Estado, con el fin de obtener una mayor especialización, agilización, control y transparencia para atender eficazmente las demandas sociales;:La evolución de la teoría clásica de la división de poderes en la que se concibe a
la organización del Estado, en los tres poderes tradicionales: legislativo, ejecutivo
y judicial, ha permitido que, en la actualidad, se considere como una distribución
de funciones o competencias para hacer más eficaz el desarrollo de sus actividades;
asimismo, se ha permitido la existencia de órganos constitucionales autónomos en
el sistema jurídico mexicano, a través de diversas reformas constitucionales.
Explicación: