Ciencias Sociales, pregunta formulada por DanielMQ, hace 1 año

¿Por que son necesarios los organismos constitucionales autonomos ?


Ayudenme porfavor

Respuestas a la pregunta

Contestado por yasminhuertac
2

Respuesta:La evolución de la teoría clásica de la división de poderes en la que se concibe a

la organización del Estado, en los tres poderes tradicionales: legislativo, ejecutivo

y judicial, ha permitido que, en la actualidad, se considere como una distribución

de funciones o competencias para hacer más eficaz el desarrollo de sus actividades;

asimismo, se ha permitido la existencia de órganos constitucionales autónomos en

el sistema jurídico mexicano, a través de diversas reformas constitucionales.

Su actuación no está sujeta ni atribuida a los depositarios tradicionales del poder público (legislativo, ejecutivo y judicial), a los que se les han encargado funciones estatales específicas, con el fin de obtener una mayor especialización, agilización, control y transparencia para atender eficazmente las demandas sociales; sin

que con ello se altere o destruya la tradicional doctrina de la división de poderes,

pues la circunstancia de que los referidos organismos guarden autonomía e independencia no significa que no formen parte del Estado. Son órganos indispensables

en la evolución contemporánea del Estado constitucional de Derecho.

Explicación:La existencia de los órganos constitucionales autónomos en el sistema jurídico mexicano se justifica porque es necesario encomendarles tareas primordiales del Estado, con el fin de obtener una mayor especialización, agilización, control y transparencia para atender eficazmente las demandas sociales; sin que con ello

Contestado por a20160058
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Respuesta:La existencia de los órganos constitucionales autónomos en el sistema jurídico mexicano se justifica porque es necesario encomendarles tareas primordiales del Estado, con el fin de obtener una mayor especialización, agilización, control y transparencia para atender eficazmente las demandas sociales;:La evolución de la teoría clásica de la división de poderes en la que se concibe a

la organización del Estado, en los tres poderes tradicionales: legislativo, ejecutivo

y judicial, ha permitido que, en la actualidad, se considere como una distribución

de funciones o competencias para hacer más eficaz el desarrollo de sus actividades;

asimismo, se ha permitido la existencia de órganos constitucionales autónomos en

el sistema jurídico mexicano, a través de diversas reformas constitucionales.

Explicación:

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