Historia, pregunta formulada por belenpilar, hace 8 meses

por que los pueblos de cordoba y salta estaban exceptuados de nombrar representantes de las comunidades nativas?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por dsd636604
4

Respuesta:

En el presente artículo desarrollamos la hipótesis de que en la Gobernación del Tucumán se desarrollaron tres

coyunturas que establecieron los principios y límites del “pacto de reciprocidad” (Platt 1982) y permitieron la

creación y la consolidación de los derechos sobre la tierra de los “pueblos de indios” en la jurisdicción de Córdoba:

la visita en 1611 y las Ordenanzas en 1612 del oidor Alfaro; la visita de Luján de Vargas en 1692-1694 y las revisitas

borbónicas de fines del siglo XVIII.

Considerando este marco general y tomando como ejes de análisis la relación de los “pueblos de indios” con

los derechos a las tierras en común y el pago del tributo, con el desarrollo de la encomienda en la región, con el

mantenimiento de las autoridades étnicas y con la intervención del poder colonial; nos centraremos en dos de

esas coyunturas: la Visita de Luján de Vargas y las Revisitas Borbónicas, tratando de identificar los pueblos de

indios que logran obtener o consolidar derechos sobre la tierra, como así también posibles líneas explicativas de

su supervivencia posterior en tiempos republicanos.

Explicación:

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