por qué los bienes de la iglesia no se podían enajenar o venderse
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hola
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La Iglesia católica no puede vender imágenes, esculturas, pinturas, objetos de culto y otras obras de arte desde hace treinta años. La Ley del Patrimonio Histórico Español no permite que se vendan aquellos bienes en poder de la Iglesia que estén en el inventario general del Patrimonio Histórico o sean bienes de interés cultural. La ley incluye un plazo de diez años, que se ha prorrogado sucesivamente hasta cumplir ahora treinta, que señala que no se podrán vender bienes muebles de la Iglesia que formen parte del patrimonio histórico. Mientras, se ha ido realizando muy lentamente un extensísimo inventario de estos bienes. La Iglesia cree que, cuando terminen estos trabajos, podría vender todo aquello que no esté declarado Bien de Interés Cultural (BIC).
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