¿por qué la representación de la homosexualidad aumentó a finales de la edad media?
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La represión de la homosexualidad en la Castilla Medieval
Las relaciones homosexuales fueron condenadas en lo espiritual por la Iglesia, y reprimidas y castigadas por los tribunales castellanos a partir del siglo XIII. Con anterioridad, ni la Iglesia, ni el naciente estado monárquico de Castilla habían condenado las relaciones íntimas entre personas del mismo sexo.
MadridDe hecho, era habitual que dos hombres compartieran sus vidas, como lo revelan los “pactos de hermanamiento”, que se asemejaban en todo a los heterosexuales, ya que se celebraban ante la presencia de un cura, de testigos, y de los símbolos cristianos. Es el caso del acuerdo de Pedro Didaz y Munio Vandilaz, que decidieron compartir sus vidas y sus propiedades en el concejo gallego de Rairiz de Veiga en 1061. Esto se explica porque los pecados de lujuria se fijaron en la época de la reforma eclesiástica entre mediados del siglo XI y el XII, cuando los reformadores promovieron un nuevo rigorismo moral, en el que el sexo y el placer estaban inspirados por el mal y, en consecuencia, eran fuente de pecado, en razón de lo cual, toda actividad sexual recaía bajo la jurisdicción de la Iglesia. La primera obra que condenó las relaciones homosexuales fue el Liber Gomorrhianus de Pedro Damiano (1049), que un siglo más tarde sancionaría la primera colección canónica de la Iglesia, el Decreto de Graciano. Sobre la base de esta concepción teológica se fundamentó la práctica jurídica, produciéndose lo que se llama el “tránsito del pecado al delito”, pues como consecuencia de la estrecha relación entre el orden espiritual y el terrenal, la legislación penal asumió la postura de la Iglesia sobre el pecado de sodomía. Hay que decir que la represión de la homosexualidad no fue exclusiva de la Cristiandad, pues también era duramente castigada en al-Andalus, donde imperó la Sharia o ley Islámica en sus ocho siglos de existencia, aunque a veces se ha afirmado falsamente que el Islam, en especial el andalusí, fue tolerante con las relaciones homosexuales.
La primera legislación castellana comenzó en el ámbito urbano por medio de las cartas forales otorgadas a las villas y ciudades. El primer fuero en condenar las relaciones homosexuales fue el de Cuenca (1190), que sirvió como modelo foral de otros lugares, a los que se les concedió conforme avanzaba la reconquista, lo que permitió una gran difusión de sus preceptos penales en el sur peninsular. Este fuero establecía la pena de muerte en la hoguera para aquellos que “se viciaran por el ano”. También la legislación general del reino de Castilla condenó las relaciones homosexuales, como el Fuero Juzgo (1241), aunque era algo “menos inclemente” que el derecho foral, pues cambió la pena de muerte por la castración, la confiscaciones de los bienes y la vergüenza pública. Una novedad de este código consistió en la extensión del castigo a todos los estamentos. Las Partidas (1265) de Alfonso X supusieron otra vuelta de tuerca de la represión, ya que se advertía de que la sodomía traía la infamia y el castigo de Dios no sólo para el pecador, sino a toda la comunidad del lugar donde se cometiera, lo que fijó a los homosexuales como los chivos expiatorios de las desgracias de la población.