Historia, pregunta formulada por micaelaaboo, hace 6 meses

) ¿Por qué la ONU no puede obligar a los gobiernos a que cumplan con sus obligaciones en materia de DD.HH.?

Respuestas a la pregunta

Contestado por danielosma2008
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Explicación:paso a paso:Las resoluciones y decisiones son expresiones formales de la opinión o voluntad de los órganos de las Naciones Unidas. Diversos tipos de resoluciones basados en una amplia gama de temas han sido adoptados por los órganos principales y sus subsidiarios desde el establecimiento de la organización en 1945.

Algunos de los ejemplos de los tipos de resoluciones y decisiones son los siguientes:

admisión de los Estados como miembros de la ONU (ejemplo A/RES/65/308)

adopción del presupuesto (ejemplo A/RES/68/248 A-C)

elección de miembros no permanentes a los órganos de la ONU (ejemplo decisión 68/403 de la Asamblea General, disponible en el documento A/68/49 (Vol.II) pág. 4)

establecimiento de misiones de mantenimiento de la paz (ejemplo S/RES/2100 (2013))

texto definitivo de tratados multilaterales (ejemplo A/RES/61/177)

declaraciones políticas (ejemplo A/RES/63/1)

cuestiones de procedimiento (ejemplo A/RES/67/250)

sanciones (ejemplo S/RES/1373 (2001))

con base a un informe (ejemplo E/RES/2014/9)

La naturaleza de la resolución determina si se considera de carácter obligatorio para los Estados.

Véase, por ejemplo, la Opinión Consultiva de la Secretaría, del 9 de mayo de 1986, sobre "Cuestiones relativas al proceso de votación y a la toma de decisiones de la Asamblea General - Norma general aplicable al cálculo de la mayoría requerida para la adopción de las resoluciones y decisiones de la Asamblea General -excepciones a la norma - ausencia o falta de participación con la fuerza de obligar de las resoluciones y decisiones ", publicada en el Anuario Jurídico de las Naciones Unidas, 1986, p. 274 (Inglés).

En general, las resoluciones aprobadas por el Consejo de Seguridad en virtud del Capítulo VII de la Carta, se consideran de carácter obligatorio, de conformidad con el Artículo 25 (Capitulo V) de la Carta de la ONU.

Los Académicos jurídicos tienen diversas opiniones sobre esta cuestión. Véase, por ejemplo, los artículos y libros que aparecen en los siguientes enlaces.

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