¿Por qué fue necesario la unificación de Código civil y Comercial? ¿Por qué se vinculaban?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
De un somero vistazo de nuestra primogénita legislación comercial, aquella que se promulgó en el año 1852 en virtud de la Ley del 10 de enero de 1852, el mismo año de promulgación de nuestro Código Civil repodemos evidenciar las primeras intenciones de dirigir el derecho hacia la legislación mercantil – y societaria – que a la fecha conocemos, al menos respecto de sus lineamientos más básicos[1].
Sin retroceder más allá de lo necesario, nuestro análisis partirá de la legislación histórica y actual, tanto civil y comercial, tras la promulgación de nuestro primer Código de Comercio –y posterior desmembramiento para formular nuestra actual Ley General de Sociedades (“LGS”)–, y, asimismo, del Código Civil del año 1936[2] –entendidos contemporáneamente, y a razón de su actual composición, como cuerpos normativos integrales y de carácter especial–. Ello nos ayudará a situar específicamente el propósito y utilidad de las sociedades civiles y comerciales nacidas en diferentes periodos de tiempo y que, a la fecha, se conciben como una unidad bajo una concepción societaria del derecho privado y, con ello, el alcance de su adecuada interpretación y encasillamiento en un determinado cuerpo normativo, inicialmente civil y, a la fecha, societario.
Explicación:corona