Por que el rey Carlos tercero decidio firmar la Real Ordenaza de intendentes
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
No todos los intendentes tuvieron las mismas facultades y atribuciones. En términos generales, estas podían abarcar las siguientes áreas (llamadas causas):
Hacienda (gobierno económico). El intendente tenía jurisdicción sobre todos los asuntos fiscales y de gastos de la Real Hacienda en su territorio, subordinado al virrey o superintendente general si los hubiera.
Policía (gobierno político). No correspondía con la acepción actual del término, sino que era la causa que abarcaba los asuntos gubernativos y de fomento de las actividades productivas de un territorio.
Justicia (gobierno judicial). El intendente era juez supremo en su territorio, actuando como juez de apelaciones de los subdelegados partidarios y jueces comisionados. Estaba a su vez supeditado a la apelación de una real audiencia.
Guerra (gobierno militar). Si el intendente era militar tenía el mando de las tropas de su jurisdicción, subordinado al capitán general. Si no era militar se ocupaba de los asuntos administrativos del ejército.
Vice Patronato Real. No se la consideraba una causa pero era una de las atribuciones de los intendentes. El gobierno eclesiástico era ejercido por el obispo, pero regulado en ciertas materias civiles y económicas por el intendente, que tenía la facultad para proponer dentro de su territorio a los sacerdotes de los curatos o parroquias y otros funcionarios eclesiásticos, así como disponer del diezmo cobrado a los feligreses.
Policía (gobierno político). No correspondía con la acepción actual del término, sino que era la causa que abarcaba los asuntos gubernativos y de fomento de las actividades productivas de un territorio.
Justicia (gobierno judicial). El intendente era juez supremo en su territorio, actuando como juez de apelaciones de los subdelegados partidarios y jueces comisionados. Estaba a su vez supeditado a la apelación de una real audiencia.
Guerra (gobierno militar). Si el intendente era militar tenía el mando de las tropas de su jurisdicción, subordinado al capitán general. Si no era militar se ocupaba de los asuntos administrativos del ejército.