¿por que considera importante que el poder punitivo del estado este normado?
Respuestas a la pregunta
El Poder Punitivo del Estado o Ius Puniendi “consiste en la facultad sancionatoria de que dispone para imponer una pena a quien ha infringido una norma jurídica. Ello representa una emanación de su soberanía, y no un mero derecho subjetivo de punir”. (Gonzalez, 2014). Esta potestad que tiene un Estado para imponer las sanciones que le corresponde a cada uno de los delitos, le permite primeramente realizar un estudio minucioso de la ley para establecer penas acordes a la gravedad de cada delitø, es por esta razón que las personas encargadas de hacer las leyes, debe ser gente con la suficiente preparación, con el conocimiento necesario, para tratar de no cometer errores. La proporcionalidad de la pena, no es otra cosa que esperar que tanto de las autoridades como quienes elaboran la Constitución y las diferentes leyes de un Estado, lo hagan teniendo en cuenta esto, precisamente para no sancionar con penas drásticas delitøs menores y en cambio a delitøs mayores imponer sanciones bajas. El tratadista argentino Eugeni Zaffaroni, manifiesta sobre la proporcionalidad: “El principio de racionalidad puede asimilárselo al de proporcionalidad punitiva puesto que, éste se considera menoscabado al momento de imputar penas que no resultan ser acordes al injusto ocasionado con la comisión de un delitø, lo cual debe ser inexorablemente considerado a fin de no lesionar además el principio de humanidad mediante la imputación de penas irracionales”. (Zaffaroni E. , Derecho Penal, Parte General, 2005, pág. 325). Es necesario que en el Ecuador el delito de peculado tenga una sanción de acuerdo a la gravedad del delito, porque el perjuicio que se causa es al erario nacional, que afecta a todos los ecuatorianos. Debiendo a las personas sentenciadas por el delito de peculado aplicarse penas ejemplares, para que a nadie más se le ocurra cometer este delito, que como se ha visto en los últimos años los escándalos han sido a nivel de los países de América del Sur y América Central, afectando a sus economías gravemente, porque de acuerdo a las investigaciones realizadas son por altas cantidades económicas el perjuicio ocasionado. El Estado ecuatoriano tiene la obligación de blindarse para prevenir el delito de peculado, o por lo menos que las personas piensen dos veces antes de hacerlo, porque van a saber que las penas que se les va a imponer son severas, para resguardar la economía del Estado y de esta manera establecer penas proporcionales para cada delito que afecta a la eficiente administración pública. Los doctrinarios Günther Jakobs y Manuel Cancio Meliá, en su libro Derecho penal del enemigo, sostienen que: “…también existen procesos de criminalización “a la antigua usanza”, es decir, la introducción de normas penales nuevas con la intención de promover su efectiva aplicación con toda decisión, es decir, procesos que conducen a normas penales nuevas que sí son aplicadas, o al endurecimiento de las penas para normas ya existentes”.