Por favor
*Que consecuencias trae maltratar a un funcionario publico(policias,profesores etc)
*Articulos o leyes que protejan a los funcionarios publicos
Respuestas a la pregunta
Algunas funciones públicas como la sanitaria o la docente etc están expuestas, con más frecuencia de la deseada, a las quejas de los usuarios de estos servicios públicos, que en ocasiones derivan en agresiones al personal que presta dichos servicios públicos.
La gravedad de estos ataques personales nadie les pone en tela de juicio, sin embargo la especial sensibilidad que generan dichos casos contrasta con la escasa reacción penal
II. El concepto de funcionario público, autoridad o agente de la mismaEl elemento característico, que define los delitos del Capítulo Segundo del Título XXII del Código Penal (CP), es el sujeto pasivo de la acción, que ha de tener la condición de autoridad, agente de ésta o funcionario. El concepto de funcionario o autoridad a efectos de integrar ese elemento del tipo, nos lo proporciona el propio Código penal en su artículo 24, que ha sido calificado por ello como una norma de interpretación auténtica.
1.2. AutoridadEl propio artículo 24.1 del CP, nos ofrece la noción de autoridad a efectos penales en su apartado primero, quedando definido por la atribución de mando o el ejercicio de jurisdicción propia. Lejos de lo que pudiera pensarse, que los conceptos de autoridad y funcionario público son diferentes, pues aparecen diferenciados en el propio Código penal, la doctrina y jurisprudencia han considerado que para ser autoridad, previamente se ha de ser funcionario público, por lo que cabe situar ambos conceptos en una relación de género y especie, del cual el funcionario público sería el concepto más amplio. Por ello, puede decirse que el Código penal utiliza el término funcionario público en un doble sentido: por un lado un concepto amplio, comprensivo de todas las variantes y especificaciones de partícipes en funciones públicas, y en sentido restringido relativo a una clase de partícipe, definido en sentido negativo, por no tener la cualidad de autoridad ni de agente de la misma.
1.3.- Agente de la autoridadFinalmente, el Código penal se refiere a los agentes de la autoridad no obstante no ofrecer una definición legal de ellos. Los Agentes de la Autoridad se definen en cierto modo de forma negativa, por carecer de mando o jurisdicción propia, por lo que no son autoridades, pero están subordinados a ellas y tienen como misión dar cumplimiento a sus órdenes y resoluciones. La doctrina mayoritaria está a favor de considerar a los agentes como una clase de funcionarios, diferenciados por las funciones que legalmente les corresponden.