Poder Legislativo de la Constitución Nacional (en cuanto a creación, autoridad que la crean y jerarquía de normas). En Argentina, porfaaa
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Con relación al lugar que ocupan los Tratados Internacionales en el orden jerárquico normativo se debe señalar que existe un bloque de legislación federal, superior al ordenamiento normativo de los Gobiernos Provinciales, constituido de la siguiente manera:
1. Constitución Nacional y Tratados Internacionales de Derechos Humanos con Jerarquía Constitucional (artículos 31 y 75, inciso 22 CN)
2. Tratados Internacionales sin jerarquía constitucional, inclusive los de integración regional y las normas dictadas en su consecuencia -en este nivel se ubica la Convención Interamericana Contra la Corrupción- (artículos 31 y 75 incisos 22 y 24 CN).
3. Leyes del Congreso de la Nación (artículos 31 y 75 incisos 22 y 24 CN)
4. Decretos Delegados del Poder Ejecutivo de la Nación (artículo 76 CN)
5. Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo de la Nación (artículo 99, inciso 3 CN).
Explicación:
no estoy muy segura de que sea eso lo que quieres; pero hay esta, de nada