Planteo sugerencias fundamentadas con respecto al cumplimiento de los artículos considerando el bien común.
Respuestas a la pregunta
Planteamos sugerencias fundamentadas, acerca de si se cumplen o no los siguientes derechos:
Texto 1: “Artículo 7. ° de la Constitución política del Perú” (CPP) sobre el derecho a la protección de la salud.
Actualmente, el derecho a la salud se cumple de forma inequitativa, puesto que una parte considerable de la población, especialmente en el entorno rural no tiene acceso oportuno a este servicio.
Sugerencia: es necesario que el Estado articule acciones orientadas a robustecer el sistema sanitario haciendo énfasis en la población rural.
Texto 2: “El artículo I.- Del derecho y deber fundamental de la ley 28611” sobre el derecho a un ambiente saludable.
Este derecho actualmente se cumple, pero el Estado debe reforzar las campañas de concientización ambiental.
Sugerencia: Crear mayor conciencia en la población con relación a la necesidad de cuidar los ecosistemas a través de la clasificación de los desechos.
Texto 3: "Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas" del Convenio Número 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales. Referido a las condiciones para la salud.
El derecho a la salud de la población indígena, tal y como sucede con la población rural, no se cumple adecuadamente.
Sugerencia: Unificar el sistema de salud para que exista una coordinación efectiva entre las instituciones y se asegure el derecho a la salud de toda la población peruana.