Pedro es titular de un derecho real de habitación sobre una casa ubicada en Picarte 1342, Valdivia. Por escritura privada de fecha 15 de agosto de 1996, promete vender dicho derecho real a Jaime, quien promete comprarlo, en la suma de tres millones de pesos. Pactan que el contrato definitivo se celebrará en cuanto Jaime reciba la herencia de su padre Adolfo, que está muy gravemente enfermo. Pronúnciese -justificando- acerca de la validez del contrato de promesa referido.
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Respuesta:
No puede celebrar el contrato.
Explicación:
En el supuesto que Pedro tiene ese derecho real no puede cederlo mientras no tiene las poscesion, ya que la promesa es a tiempo indefinido y por esta razon no puede vender algo que no es suyo.
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