ordena las caracteristicas de la constitución de 1931 en una tabla que incluya: tipo de estado, sufragio, poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial. Justifica si se trataba de una constitución progresista o conservadora.
Respuestas a la pregunta
Explicación:
El 9 de diciembre de 1931, el Presidente de las Cortes, Julián Besteiro, promulgó la Constitución de la Segunda República española. Se ha dicho que esta Constitución no fue mejor ni peor que las anteriores que España había conocido o que sus contemporáneas vigentes en Europa. Sin embargo, aquella Constitución recogió las ilusiones colectivas que suscitó el cambio de régimen político en España. La República y la Constitución fueron la consecuencia inevitable de la dictadura agotada de Primo de Rivera, que había dado paso a una solución democrática que se plasmó en este texto jurídico.
La Constitución de 1931 se enmarca en el constitucionalismo europeo del período de entreguerras. Es evidente la impronta de la Constitución alemana de Weimar en el diseño del sistema parlamentario y la de la Constitución de Austria de la época en lo que atañe a la formación de la justicia constitucional. Refleja también otras influencias como la mexicana, ya que constitucionaliza los llamados derechos fundamentales de la tercera generación o derechos sociales y económicos.
En lo que a la parte orgánica de la Constitución se refiere, junto a instituciones típicas del constitucionalismo histórico, recoge otras muy novedosas, corno el Tribunal de Garantías Constitucionales (parte 1) (parte 2). Contempla, además, un Ejecutivo dualista propio de un sistema parlamentario, y unas Cortes unicamerales que, si bien retomaban la tradición de la Constitución de Cádiz, chocaban con el modelo de Estado regional, descentralizado, que la propia Constitución establecía, ya que, como es sabido, un Estado de estructura federal o cuasi federal tiene su representación en una Cámara Alta o Senado.
Respuesta:
España se definía como un Estado integral, con la posibilidad de establecer gobiernos autónomos; El poder legislativo residía en las Cortes, formadas por una sola Cámara; el poder ejecutivo estaba en manos del Consejo de Ministros y el Presidente de la República. Se asentaba la independencia del poder judicial; Se instauró el sufragio universal masculino y femenino; Se proclamó la aconfesionalidad del Estado, pero se respetaban todos los cultos y creencias. Se permitió el matrimonio civil y se implantó el divorcio; Presentaba una declaración de derechos individuales y establecía amplias libertades públicas y privadas. Reconocía el derecho a la propiedad privada, aunque el gobierno podía expropiar bienes de utilidad social; Se trataba de una constitución progresista debido a que proponía ideas que ayudaban a avanzar a la sociedad.
Explicación:
espero q te sirva ;)