Historia, pregunta formulada por dimasrosario423, hace 4 meses

opinión del artículo 13 constitución de mexico​

Respuestas a la pregunta

Contestado por monicasanchezcor
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Respuesta:

ARTICULO 13. NADIE PUEDE SER JUZGADO POR LEYES PRIVATIVAS NI POR TRIBUNALES ESPECIALES. NINGUNA PERSONA O CORPORACIÓN PUEDE TENER FUERO, NI GOZAR MAS EMOLUMENTOS QUE LOS QUE SEAN COMPENSACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y ESTÉN FIJADOS POR LA LEY.

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