obligaciones externas de una empresa
Respuestas a la pregunta
En cuanto a las obligaciones de las empresas participantes, deben identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad, bajo la
denominación de “formación profesional para el empleo”, todos los gastos de las acciones formativas y permisos individuales de formación, custodiar la documentación relacionada con la organización, gestión e impartición de las acciones formativas facilitada por la entidad externa, garantizar la gratuidad de las acciones a los participantes de las mismas, hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el momento de aplicarse las bonificaciones.
Además, deben tener en cuenta los Costes de organización de la formación. Estos costes no podrán superar el 10 por ciento del coste de la actividad formativa, si bien podrán alcanzar hasta un máximo del 15 por ciento en caso de acciones formativas dirigidas a trabajadores de empresas que cuenten entre 6 y 9 trabajadores de plantilla y un máximo del 20 por ciento en caso de empresas hasta 5 trabajadores en plantilla.