Obligaciones del ciudadano que marca el artículo 36
Respuestas a la pregunta
Artículo 36. Son obligaciones del ciudadano de la República:
I. Inscribirse en el catastro de la municipalidad, manifestando la propiedad que el
mismo ciudadano tenga, la industria, profesión o trabajo de que subsista; así
como también inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos, en los términos
que determinen las leyes.
La organización y el funcionamiento permanente del Registro Nacional de
Ciudadanos y la expedición del documento que acredite la ciudadanía mexicana
son servicios de interés público, y por tanto, responsabilidad que corresponde al
Estado y a los ciudadanos en los términos que establezca la ley,
Fracción reformada DOF 06-04-1990
II. Formar parte de los cuerpos de reserva en términos de ley;
Fracción reformada DOF 26-03-2019
III. Votar en las elecciones y en las consultas populares, en los términos que señale
la ley;
Fracción reformada DOF 22-08-1996, 09-08-2012
IV. Desempeñar los cargos de elección popular de la Federación o de las entidades
federativas, que en ningún caso serán gratuitos; y
Fracción reformada DOF 29-01-2016
V. Desempeñar los cargos concejiles del municipio donde resida, las funciones
electorales y las de jurado.