Objetivos de Creación de los consejos de las Chancillerías
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La Chancillería, máximo representante del poder real en el Reino de Granada, interviene en la repoblación tras la expulsión de los moriscos y en la administración de la renta de población. Pero no lo hace direc tamente, sino a través de sus miembros. No obstante, con demasiada frecuencia se confunden con la Chancillería los organismos encargados de dirigir el proceso repoblador. Este error ya era frecuente en la Edad Moderna, a pesar de que algunos lo pusieron de manifiesto1, y todavía se mantiene.
Es evidente que la Chancillería entiende en materias de justicia y gobierno. Para hacer frente a competencias tan amplias, se comporta como todos los órganos burocráticos, es decir, “tiende a reproducirse y a dar origen a instituciones inferiores de idéntica estructura y, a ser posible, subordinadas a él”2. En ocasiones son sólo reuniones tempora les; pero otras veces tienen un carácter casi permanente y están dotadas de una ordenación jurídica clara. De ambas forman parte miembros del tribunal. La Chancillería de Granada tiene que ver en la repoblación y administración de la renta a través de una de estas juntas “permanen tes”, el Consejo de Población, y de ministros comisionados, los subde legados de los jueces conservadores de la renta de población. Por consiguiente participa, pero no como tal Chancillería. Ahora bien, la gestión de estos asuntos le sirven al tribunal para afianzar su posición. Los intentos por mantenerlos dentro de su área de influencia cuando la monarquía los transfiere a particulares o a otras instituciones de la ciudad no dejan la menor duda.
Es evidente que la Chancillería entiende en materias de justicia y gobierno. Para hacer frente a competencias tan amplias, se comporta como todos los órganos burocráticos, es decir, “tiende a reproducirse y a dar origen a instituciones inferiores de idéntica estructura y, a ser posible, subordinadas a él”2. En ocasiones son sólo reuniones tempora les; pero otras veces tienen un carácter casi permanente y están dotadas de una ordenación jurídica clara. De ambas forman parte miembros del tribunal. La Chancillería de Granada tiene que ver en la repoblación y administración de la renta a través de una de estas juntas “permanen tes”, el Consejo de Población, y de ministros comisionados, los subde legados de los jueces conservadores de la renta de población. Por consiguiente participa, pero no como tal Chancillería. Ahora bien, la gestión de estos asuntos le sirven al tribunal para afianzar su posición. Los intentos por mantenerlos dentro de su área de influencia cuando la monarquía los transfiere a particulares o a otras instituciones de la ciudad no dejan la menor duda.
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f.2
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