nombre de la unidad obligada a emitir, en un plazo no mayor a tres horas, las medidas urgentes de protección necesarias.
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La unidad obligada a emitir las medidas de protección necesarias es la Unidad de Recepción de Casos y Reacción Rápida, en el marco del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Según el Gobierno de México, estas medidas buscan garantizar la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo.
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