No es considerado como bienes comunes dentro de la
sociedad de gananciales:
a. Los que adquieren después del matrimonio.
b. Los salarios de los cónyuges.
c. Los obtenidos a título gratuito.
d. Las ganancias de los bienes propios.
e. Los comprados conjuntamente.
Respuestas a la pregunta
Contestado por
6
Respuesta:
B) los salarios de los cónyuges
Explicación:
Espero te sirva
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