necesito esta pregunta quién me ayuda por favor
marco legal de una barbería ¿
Respuestas a la pregunta
Explicación:
Basándose en la Resolución 899 del 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social dio a conocer las obligaciones que tendrán que cumplir las peluquerías, salones de belleza, barberías y afines en su operación y servicio al cliente.
“los establecimientos deberán atender con previa cita programada para así controlar el aforo de personas, también el lugar deberá contar con un responsable que controlará la toma de temperatura y hará el respectivo registro de las condiciones generales de los clientes, tomando datos de contacto para tener rastro de presentarse algún caso de contagio”.
El uso del equipo de protección personal es de carácter obligatorio: bata antifluido, tapabocas, gafas de seguridad, careta plástica y guantes desechables.
Deben garantizarse medidas como distanciamiento, lavado de manos, uso de tapabocas y elementos de desinfección como alcohol y gel antibacterial.
Implementos y equipos deberán estar limpios, desinfectados, esterilizados y en buenas condiciones de funcionamiento.
Se debe facilitar el lavado de manos frecuente a los trabajadores y a los usuarios.
Es importante el uso de elementos desechables y sean descartados una vez haya finalizado el procedimiento.
La infraestructura, la iluminación y la ventilación del establecimiento deben ser adecuadas y el mobiliario encontrarse en buen estado.