Movimientos libertarios del siglo XVIII en Venezuela.
Elaborar una línea cronológica de tiempo indicando los aspectos más relevantes entre el contexto histórico de 1806 a 1811..
Respuestas a la pregunta
La denominada impronta liberal responde a la reduplicación o mimesis, expansión y difusión de ideas asociadas al liberalismo en un período de tiempo aproximado entre el siglo XVI y el siglo XVIII. En este contexto, por medio del pensamiento político se difundió la idea de la libertad como seguridad; entonces, se hizo común que la finalidad de todo gobierno era garantizarla, puesto que con ésta se aseguraría la libertad. Con base en esta idea se pensó que debía reservarse al Estado la aplicación de las leyes con las cuales fuese posible ofrecer garantías de seguridad a los individuos y a partir de su consecución, el disfrute de derechos y propiedades.
En el mundo de la política moderna el individuo pasó a convertirse en el centro de todas las argumentaciones, ya que su potencialidad radicó en su crecimiento interno, autonomía y ausencia de interferencia externa. En este sentido, aparece la idea de que un contrato originario pactado entre individuos racionales (sociedad) y el Estado, permitía el establecimiento del gobierno, entendido como agente mediador entre los intereses de los dos primeros. Este modelo teórico debía limitar las manifestaciones irracionales de los individuos, su naturaleza. De allí en adelante, la unanimidad política se empezó a expresar por medio de leyes, acuerdos, edictos.
En resumen, la esfera política moderna empezó a entenderse como libertad o liberación del yugo opresor, más garantía de seguridad y pleno disfrute de la propiedad. Estos valores y principios políticos surgidos en el sistema mundo moderno y delineados desde el siglo XV estimularon la apelación que iniciaran los americanos de las Reformas Borbónicas, expresión concreta del cuestionamiento a la realidad colonial, y posteriormente alimentaron las argumentaciones y acciones de las independencias.
Según Bracho, era generalizada la idea de que la América hispana constituía, por lo menos así lo reflejan las argumentaciones de los americanos durante 1808-1810, una porción territorial del reino, de ahí los requerimientos de autonomía en concordancia con derechos similares o equitativos con las provincias ubicadas en la península. En América se observó la constitución de la Regencia, al no considerar la representación de las provincias fuera de la península, como un acto espurio, no acorde a lo establecido en las leyes del reino.
Estos razonamientos no tenían otro sustento que el de la idea de soberanía, cuyo uso, por lo menos desde el siglo XVI, estaba asociado con el derecho de resistencia que una comunidad política podía invocar ante la tiranía de un monarca. Por su parte, la idea de tiranía se asociaba con mal gobierno, es decir la usurpación del derecho a la libertad y seguridad bajo las cuales todo individuo podría usufructuar su propiedad y hacer uso de las riquezas circundantes para su prosperidad. Según el razonamiento de quienes protagonizaron el año 1810, continúa Bracho, la Regencia usurpaba el derecho a la soberanía; al actuar investidos por el derecho a la resistencia, así como por la necesidad de restitución del orden del reino, quedaron justificadas las acciones del mes de abril de aquel año.
En este contexto aparece el vocablo revolución, término que fue asociado por los independentistas con restitución de los derechos subrogados. Revolución significó reivindicación, devolución y reconocimiento de la dignidad e individualidad del ciudadano. Aunque a partir de 1811 el concepto revolución se nutrió de la idea de restitución del bienestar y libertad usurpada por la tiranía, también empieza a expresarse en conjunción con regeneración, y comenzó a entenderse como sustitución de las jerarquías políticas, y no como salvaguarda de los derechos del monarca depuesto.
El razonamiento revolucionario estuvo grandemente sustentado en la idea de ciudadano, esta noción se nutrió de los aportes del liberalismo, a partir del cual se extendió la idea de individualidad en ase convirtió en el desiderátum para la consecución de un nuevo orden. Al momento de las independencias se presenta la posibilidad de plantear un orden jurídico asociado a la monarquía, la aristocracia o la república representativa, la cuestión central era la representación por medio de la cual una voluntad general delega su soberanía. Bracho afirma que la opción elegida fuese el republicanismo como mecanismo diferenciador, de distanciamiento, con respecto no solo al imperio español, sino también, a la Europa en su totalidad, donde la monarquía estaba representada extensamente.
La república habría de asegurar la felicidad, seguridad, libertad. La libertad o su posible realización se asociaron con el establecimiento de leyes,