mencionarías el código de protección y defensa del consumidor en la hoja de reclamación? ¿por qué? Ayuda es para hoy dia
Respuestas a la pregunta
Contestado por
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Explicación:
Dr. Daniel Mur
Base Legal.-
La obligación de todo establecimiento que brinda un servicio al público de contar con un libro de reclamaciones se da en virtud a lo estipulado en la Ley N° 29571 (Código de Defensa y Protección al Consumidor), así como en el Decreto Supremo N° 0011-2011-PCM.
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