Informática, pregunta formulada por jessicacukis13, hace 5 meses

Menciona y describe las libertades fundamentales

Respuestas a la pregunta

Contestado por nahiala0501
2

Respuesta:

Entonces, el Presidente de los Estados Unidos de América, Franklin D. Roosevelt, definió cuatro libertades básicas como derechos inalienables de todas las personas: la libertad de expresión, la libertad de culto, la libertad para vivir sin miseria y la libertad para vivir sin temor.

Explicación:

espero que te sirva

Contestado por Mare15
2

Respuesta:

Promovemos y defendemos las libertades fundamentales del hombre: libertad de conciencia, libertad religiosa, libertad de expresión, libertad de asociación y libertad de los padres a educar a sus hijos.

Estas libertades tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana.

Estas libertades y estos derechos son una forma de enriquecer nuestra democracia y el bienestar de cada uno de los mexicanos, y deben estar garantizados en la Constitución y en las leyes reglamentarias para evitar el peligro de que, en un momento de crisis, pueda darse la tentación de privar a la gente de sus libertades.

Estas son las libertades que sirven como base para la protección de otras libertades. Lo que hacen estas libertades fundamentales es decirle a cada persona de nuestra sociedad que tienen el derecho de participar en los asuntos de interés público y que, en ese proceso, sus propios pensamientos y creencias serán respetados.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión… así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”

(artículo 18)

“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”

(artículo 19)

“Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas”

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