Religión, pregunta formulada por luisfe17, hace 4 meses

menciona algunas actitudes relacionada con la religiosidad ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por JuanaValentinaruiz25
2

Respuesta:

Como tal aptitudes relacionadas a la religiosidad son:

-Compartir los ideales religiosos

-Ser feligreses (seguidores de la iglesia y así) fieles y devotos a su religión

-Compartir y fomentar la palabra de Dios

Como tal valores o emociones relacionadas a la religiosidad son:

-Empatía

-compasión

-Fe

-Transparencia

-Ternura

-Honestidad

Explicación:


oculto123f: 1=¿además de los componentes religiosos :afectivos ,cognitivo y volutivos que otros intervienen en la actitud religiosa?
oculto123f: 2=como afecta ala persona la actitud religiosa en su diario vivir.y algunas ejemplos por fa
JuanaValentinaruiz25: tranqui no molestas <3... 1=Otros componentes religiosos son las aptitudes empáticas, veras, la religión en sus aptitudes empáticas te vuelve totalmente sentimental una persona mas pura, enfatizando tus sentidos empáticos con los demás y esto se debe a los ideales que la religión te implanta
JuanaValentinaruiz25: 2= La religión afecta la vida cotidiana de tal manera que, empiezas a ser mas solidario con otros (por ejemplo si vez a alguien que posiblemente esta pasando hambre, ya según lo que te provee la religión muy posiblemente querrás brindarle tu ayuda a esa persona......Tambien por obvias razones dedicaras mas tiempo de ir a este templo religioso como lo es la iglesia eso te ayuda a organizar mucho mejor tu tiempo en tu rutina diaria
JuanaValentinaruiz25: Todo eso obviamente si es una persona MUY religiosa
JuanaValentinaruiz25: Espero haberte ayudado <3
oculto123f: juana muchas gracias me has ayudado
JuanaValentinaruiz25: Vale denada uwu (perdón si la respuesta esta mal argumentada ;-;)
oculto123f: tranquila yo le hago unos arreglos
JuanaValentinaruiz25: <3
Contestado por kamila8121
3

Respuesta:

1. Profesar cualquier religión, cambiarla o no profesar ninguna sin que ello pueda ser objeto de reproche

La libertad religiosa implica que nadie puede ser obligado a obrar en contra de su propia conciencia ni se le puede prohibir a actuar conforme a ella, tanto en privado como en público. Entonces el poder del Estado no puede interferir directa o indirectamente en la decisión personal e íntima sobre si se adopta o no un credo religioso, o si se persevera en la práctica de un determinado culto.

2. Mantener sus creencias religiosas en reserva

Los actos dirigidos a obligar a las personas a revelar sus creencias o convicciones religiosas van en contravía de este derecho. De este modo, las instituciones y la comunidad en general deben abstenerse de emprender acciones que constituyan una amenaza grave y real a esta garantía constitucional.

3. Actuar siempre acorde a la religión que profesa

Nadie puede ser obligado, incluso si hay autorización de una ley, a desatender sus más profundas creencias religiosas, bajo amenaza de consecuencias altamente gravosas. La Corte ha sido insistente en ello. Se requiere que se respeten esas creencias, sin imponer a otro un comportamiento que desconozca las mismas, pues pertenecen al fuero interno de la persona.

4. Rehusar la educación religiosa en instituciones educativas oficiales

Una persona puede negarse a recibir la impartición de una clase que va en contravía de sus creencias. Los colegios públicos deben mantener una posición neutral y preguntarle al estudiante o a sus padres si desea estudiar o no la asignatura de religión.

5. Presentarse a exámenes de Estado en una fecha distinta

Uno de los elementos de la libertad de cultos es permitir la comunicación con el ser superior y las prácticas que el credo le señale. Por tanto, si una iglesia previó en su credo destinar un día únicamente para actividades espirituales, las entidades públicas que organizan los exámenes de Estado o de admisión a una universidad estatal tienen la obligación de autorizar al demandante presentar el examen un día diferente.

6. Vestirse de acuerdo a sus creencias

Las personas tienen derecho a proclamar, difundir, defender y practicar sus convicciones y a la inalienabilidad de su propia esfera de pensamiento, de modo tal que ni el Estado, ni los particulares, ni institución alguna pueden compelerlas a actuar contra su conciencia. Así, la exigencia, por ejemplo, del uso de pantalón para las mujeres en instituciones educativas, vulnera sus derechos cuando el uso de esa prenda de vestir va en contra de sus creencias religiosas.

7. Objetar por razones de conciencia la prestación del servicio militar obligatorio

Se reconoció la existencia del derecho a objetar el deber de prestar servicio militar obligatorio siempre que las convicciones o creencias que den lugar a negarse a la prestación del servicio militar sean profundas, fijas y sinceras. Por esa razón, las autoridades militares deben tramitar las solicitudes que por esta razón se alleguen y excluir de la prestación del servicio militar a las personas que cumplan con los presupuestos establecidos por la Corte Constitucional.

8. Renunciar a tratamientos médicos

Con fundamento en sus creencias religiosas, un paciente puede rehusar la práctica de procedimientos médicos siempre que exista su consentimiento informado, de manera voluntaria, libre y razonada y en virtud de su autonomía personal. En ese escenario, las EPS están en el deber de continuar con la prestación del servicio de salud y ofrecer una alternativa que supla efectivamente el tratamiento inicialmente prescrito. Dependiendo de la edad del paciente y del riesgo para su vida, este privilegio tiene limitaciones.

9. Recibir asistencia religiosa o confesional en determinados lugares como cárceles, cuarteles o centros médicos

Sin importar si su religión es mayoritaria o no, las personas tienen derecho a que se les preste asistencia religiosa en igualdad de condiciones. Por eso las cárceles, los cuarteles y los centros médicos deben promover las labores necesarias para garantizar que las personas cuenten con el tiempo adecuado para realizar su respectivo culto y que se permita un ingreso igualitario de sacerdotes y pastores de todas las iglesias y cultos reconocidos.

10. Recibir sepultura conforme al culto, ritos y preceptos del difunto o de sus familiares

Los rituales son de trascendental importancia para el creyente, debido a que le ayudan a incorporar el nuevo suceso (la muerte del ser querido) a su vida. Así, el derecho a la libertad de cultos tiene un contenido específico que protege la manifestación externa de la ceremonia, el rito o acto de entierro. Cuando una entidad se niega a trasladar el cadáver para que se le dé “santa sepultura”, se vulnera el derecho a la libertad de cultos, y por lo tanto, es obligatorio emitir órdenes para suspender la vulneración de los derechos fundamentales


oculto123f: me podrias ayudar con esta pregunta¿además de los componentes religiosos :afectivos ,cognitivo y volutivos que otros intervienen en la actitud religiosa?
oculto123f: 2=como afecta ala persona la actitud religiosa en su diario vivir.y algunas ejemplos por fa
kamila8121: ya te digo..
kamila8121: una vida confortable...
kamila8121: mmm ya
kamila8121: público la respuesta
kamila8121: en mi cuenta va ...@oculto123f
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