Biología, pregunta formulada por larymouth4, hace 1 año

medidas legales para controlar el exceso de ruido


larymouth4: gracias

Respuestas a la pregunta

Contestado por ruthsaraguro20pdinub
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ARTICULO 6º: Son incómodos por sonido cuando estos se perciban en el interior de las
habitaciones vecinas con una intensidad mayor de sesenta y cinco decibeles (A), desde las seis
hasta las dieciocho horas y mayor de cuarenta decibeles (A) en las restantes doce horas. La
División de Saneamiento Ambiental del Ministerio de Salud, establecerá los procedimientos de
acuerdo a las normas establecidas para efectuar las pruebas de medición en el momento en que
estime conveniente.
ARTICULO 50º: Se prohíbe en los establecimientos industriales el trabajo después de las
dieciocho horas y antes de las seis horas, cuando produzcan ruidos que trasciendan el interior de
las habitaciones vecinas con una intensidad que sobrepase los cuarenta decibeles (A); y entre las
seis y las dieciocho horas, cuando los ruidos se perciban en el interior de las habitaciones
vecinas con una intensidad mayor de sesenta y cinco decibeles (A).

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