me pueden ayudar porfavor es para mañana!!!
¿ cual es la relacion entre las normas presentes en la constitucion y preservacion de la justicia?
ayuda doy 15 puntos!!
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El constitucionalismo norteamericano, es el primero que le otorga a su Constitución el valor normativo de ley suprema y rompe con la idea y concepción de contemplar a la Constitución como un conjunto de ideas políticas sin vinculación jurídica1, otorgandole un verdadero valor jurídico exigible ante los tribunales en caso de su trasgresión2. En América latina el primer antecedente de control de la consti- tucionalidad por parte de los jueces, fue en la Cons- titución del Estado de Yucatán (México) en 1841, donde la revisión judicial se estructuró a través del proceso de amparo ante la Suprema Corte de Justicia. (atr. 62. I de la Constitución del Estado de Yucatán)3. Desde el mismo nacimiento de la Consti- tución, a ésta se le asigna un valor exclusivo frente a las demás leyes, ya que su formación es distinta y depende de un momento político y jurídico singular. De entre estas circunstancias jurídico-políticas destacan, la forma de elección y capacidades del cuerpo legislativo que la crea, denominado poder constituyente. Este poder es, extraordinario e irre- petible3, porque cuenta con potestad soberana e ilimitada, la cual, es otorgada por los ciudadanos a sus representantes para crearla y una vez realizada su labor, este poder se disuelve para dar paso a que las asambleas ordinarias asuman su labor legislativa propia de su característica de poder constituido.
En términos generales el control constitucional es la realización de actividades relacionadas con la revisión, verificación o comprobación de diversos tipos de objetos, como pueden ser actos o acciones, incluso normativos.
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La Constitución, por medio de los principios que consagra, obliga al Estado a la conformación del orden social que se realiza a través de dos formas: por una parte, conformando el orden social y, por la otra, mediante la participación del Estado mismo, o de alguno de sus entes de derecho público o priva- do, en el orden social y económico.