me pueden ayudar dando una explicación breve sobre ese tema
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Con excepción de las medidas de fiscalización que se limiten a estupefacientes determinados, los estupefacientes de la Lista I estarán sujetos a todas las
medidas de fiscalización aplicables a los estupefacientes en virtud de la presente
Los estupefacientes de la Lista II estarán sujetos a las mismas medidas
de fiscalización que los de la Lista I, salvo las medidas prescritas en el artículo 30,
incisos 2 y 5, respecto del comercio al por menor.
3. Los preparados distintos de aquellos de la Lista III estarán sujetos a
las mismas medidas de fiscalización que los estupefacientes que contengan, pero
con respecto a dichos preparados, no se exigirán las previsiones (artículo 19) ni
las estadísticas (artículo 20) que no correspondan a los referidos estupefacientes, ni será necesario aplicar lo dispuesto por los artículos 29, inciso 2 c), y 30,
inciso.