Ciencias Sociales, pregunta formulada por linaviloriau, hace 9 meses

me podrían dar una explicación del artículo 88 de la constitución política de Colombia, "explicación" les agradezco...

Respuestas a la pregunta

Contestado por nadietepregunto74
0

Respuesta:

te la doy y me ayudas ????

Explicación:

si o no


nadietepregunto74: la explicación :la ley tiene que regular sus acciones para que se puedan proteger los derechos ,regular acciones originadas en daños sin perjuicios de las correspondientes acciones particulares e intereses colectivos relacionados con el patrimonio ,el espacio ,la seguridad y la salubridad públicos entre otros que se definen en ella tambien la ley debe definir los casos de responsabilidad civil objetiva por el daño inferido a los derechos e intereses colectivos. es eso
nadietepregunto74: esa es la explicacion que pediste
nadietepregunto74: no le copie a la otra solo le puse explicacion y me salio lo mismo
linaviloriau: este es el listado de los pises que no existían:
linaviloriau: Finlandia
REPUBLICA CHECA
AUSTRIA
CROACIA
HERZEGOVINA
RUMANIA
REPUBLICA ESLOVACA
BULGARIA
LUSSEMBURGO
UCRANIA
ANDORRA
ALBANIA
linaviloriau: disculpa la demora, lo que pasa es que tuve que hacer otras cosas, y además la comparación de ambos mapas...
nadietepregunto74: si no importa gracias
nadietepregunto74: oye son todos
nadietepregunto74: ??
linaviloriau: si son todos
Contestado por jared9fv
4

Respuesta:

Artículo 88. La ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad públicos, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella.

Explicación:

primeros dos renglones


linaviloriau: cuál es tú pregunta?
nadietepregunto74: mia ya te la puse
linaviloriau: ok
linaviloriau: entonces espera un momento
nadietepregunto74: sip
linaviloriau: en qué grado estás?
nadietepregunto74: 6 grado
linaviloriau: ok
nadietepregunto74: ya te mande tu trabajo
nadietepregunto74: espero que te sirva
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