mas el alquiler que se paga por el uso de un imueble es puede ser alquileres cedidos? porque
crislondo2005:
me cuentas como te va con la nota:)..✌✌
Respuestas a la pregunta
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Respuesta:
Cuando arrendamos un inmueble, como arrendatario del mismo, asumimos una serie de obligaciones, como sería la conservación del inmueble o el pago de la renta, y, en contrapartida, disponemos del uso y disfrute de éste.
Atendiendo a ese uso del que disponemos, se nos puede plantear la duda consistente en si nos encontramos facultados para transmitir el derecho del que disponemos en relación a dicho inmueble
Explicación:
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