los trabajadores pueden hacer huelga individualmente o tiene que ser una medida conjunta?
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Según la enciclopedia jurídica, nuestra Constitución reconoce el derecho de huelga como un derecho fundamental (artículo 28.2). Eso sí, regulando el mantenimiento de servicio si estos son esenciales: “se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses.
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