¿los registros sobre las capacitaciones, deberán conservarse por un periodo de?
cual de las alternativas es correcta
a. 20 años posteriores al suceso
b. 10 años posteriores al suceso
c. cinco años posteriores al suceso
d. ninguna de las anteriores
e. todas las anteriores
Respuestas a la pregunta
Contestado por
7
En casi todos los paises, existe una normativa legal referente a la seguridad en el medio de trabajo, así como de los accidentes laborales o enfermedades ocupacionales, y los procedimientos a seguir en caso de eventos relacionados al desempeño de actividad ocupacional - laboral.
En el ámbito de la gestión de seguridad y salud en los ambientes de trabajo, los responsables de la aplicación de las respectivas normativas legales deben conservar formularios de registros detallados que se relacionan con ese aspecto del medioambiente laboral, los riesgos del implícitos en el trabajo, la prevención de accidentes laborales, así como los formatos de notificación de accidentes laborales.
Es función de cada empresa guardar un registro detallado, por trabajador, de todo lo concerniente a la salud laboral, incluyendo el respectivo registro de exámenes de salud y capacitación en materia de seguridad, salud y riesgo en el trabajo. Los registros de capacitación se deberán guardar por un periodo no mayor a cinco años (opción C), mientras que un registro de salud física debe conservarse por un periodo no mayor a un año, los de accidentes laborales hasta 10 años, y las enfermedades ocurridas en ocasión al trabajo por al menos 20 años.
En el ámbito de la gestión de seguridad y salud en los ambientes de trabajo, los responsables de la aplicación de las respectivas normativas legales deben conservar formularios de registros detallados que se relacionan con ese aspecto del medioambiente laboral, los riesgos del implícitos en el trabajo, la prevención de accidentes laborales, así como los formatos de notificación de accidentes laborales.
Es función de cada empresa guardar un registro detallado, por trabajador, de todo lo concerniente a la salud laboral, incluyendo el respectivo registro de exámenes de salud y capacitación en materia de seguridad, salud y riesgo en el trabajo. Los registros de capacitación se deberán guardar por un periodo no mayor a cinco años (opción C), mientras que un registro de salud física debe conservarse por un periodo no mayor a un año, los de accidentes laborales hasta 10 años, y las enfermedades ocurridas en ocasión al trabajo por al menos 20 años.
Contestado por
9
Respuesta:
20 años
Explicación:
posteriores al suceso...............................................................................
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